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Convocatoria al LXXIII Congreso Nacional Ordinario Aceitero y Desmotador

CONVOCATORIA AL LXXIII CONGRESO NACIONAL ORDINARIO ACEITERO Y DESMOTADOR

Conforme las disposiciones estatutarias y vistas las facultades que los artículos 20 inciso H, 70 y 72 inciso A y B, que nuestro Estatuto Social confiere a la Comisión Directiva y Administrativa, ésta en su Reunión Ordinaria del día 4 de Junio de 2024 resolvió convocar al Septuagésimo Tercero Congreso Nacional Ordinario Aceitero y Desmotador. De acuerdo a lo resuelto por dicho Órgano Directivo, la apertura e iniciación del Congreso que se realizará en el auditorio del Club Español, sito Bernardo de Irigoyen 172/180 (C1072AAD) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, será a partir de las 09.00 horas del día martes 5 de noviembre de 2024. El temario a tratar será el siguiente: ORDEN DEL DÍA: 1º) APERTURA DEL CONGRESO. 2º) DESIGNACIÓN DEL PRESIDENTE PROVISORIO. 3º) ELECCIÓN DE LA COMISIÓN DE PODERES PARA QUE PRODUZCA DESPACHO SOBRE LAS CREDENCIALES DE LOS/AS DELEGADOS/AS. 4º) CONSTITUCIÓN DE LAS AUTORIDADES DEL CONGRESO. 5º) LECTURA DEL ACTA ANTERIOR. 6º) CONSIDERACIÓN DE LA MEMORIA Y BALANCE DEL EJERCICIO ANUAL CORRESPONDIENTE AL PERÍODO 2023/2024. 7º) INFORME DE SECRETARÍA GENERAL Y MIEMBROS DIRECTIVOS SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DE LA FEDERACIÓN Y SUS FILIALES. 8º) INFORME REFERENTE A NUESTRA OBRA SOCIAL EN CUANTO A SU FUNCIONAMIENTO Y DESENVOLVIMIENTO FUTURO. 9°) RATIFICACIÓN DE COMPRA INMUEBLE HIPÓLITO YRIGOYEN 2188/2192, UNIDAD FUNCIONAL NÚMERO UNO, CABA 10º) PONENCIA DE FILIALES. 11º) DESIGNACIÓN DE LA SEDE DONDE SE EFECTUARÁ EL PRÓXIMO CONGRESO ANUAL ORDINARIO. 12º) CLAUSURA DEL CONGRESO. De acuerdo a lo establecido en el Artículo 74, se constituirá el Congreso con la mitad más uno del total de las filiales con derecho a participar en los mismos. De no obtener Quórum, la Comisión Directiva y Administrativa, convocará nuevamente dentro de las veinticuatro (24) horas, debiendo constituirse el Congreso con el número de Filiales presentes al finalizar el plazo fijado para la segunda convocatoria. Conforme al Artículo 76, podrán participar de los Congresos las filiales con seis (6) meses de antigüedad como mínimo, las que serán representadas por un número de delegados/as que no podrán exceder del veinte por ciento (20%) del total de los/as delegados/as congresales, conforme la proporción del art. 77 del Estatuto. Por Comisión Directiva y Administrativa de la F.T.C.I.O.D. y A.R.A., Daniel Alberto Yofra, Secretario General.

PDF de la Convocatoria publicada en Página 12