Ante el grave siniestro laboral en la Unión Agrícola de Avellaneda
Desde la Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, Desmotadores de Algodón y Afines de la República Argentina queremos expresar nuestro profundo dolor y absoluto repudio ante el grave hecho por el cual perdió la vida el trabajador desmotador de algodón Ezequiel Sosa en la planta de la Unión Agrícola de Avellaneda (UAA) ubicada en Avellaneda, Provincia de Santa Fe.
En horas de la tarde de este viernes, Ezequiel Andrés Sosa, joven obrero de 26 años, se encontraba cumpliendo sus tareas normales y habituales cuando se produjo un derrumbe de pilas de fardo de fibras prensadas de algodón donde quedó atrapado, sufriendo gravísimas lesiones.
El compañero desmotador fue trasladado a un centro médico donde se le practicó una cirugía y quedó internado en terapia intensiva. En la mañana de hoy se difundió el trágico hecho de su fallecimiento, que nos llena de dolor.
Desde nuestra organización gremial junto a las compañeras y compañeros aceiteros y desmotadores del país abrazamos con profundo pesar y tristeza a sus familiares, amigos, compañeros y todos sus afectos.
Responsabilizamos a la Unión Agrícola de Avellaneda por este gravísimo hecho, en el que un joven trabajador debió realizar tareas en un entorno en el que hubo un claro incumplimiento de las normas de salud y seguridad laboral.
La falta de condiciones que garanticen que no se produzca el derrumbamiento de una estiba de fardos que pesan 200 kg cada uno así lo demuestra, y constituye un auténtico crimen laboral.
A la empresa le corresponde la implementación de todas las medidas preventivas y de seguridad que garanticen la vida y la integridad de los trabajadores que desempeñan tareas en sus instalaciones.
También señalamos que le compete responsabilidad al Estado en sus distintos niveles, que no ejerce sus funciones de control de acuerdo al mandato constitucional de garantizar condiciones dignas y equitativas de labor y la salud de las personas que trabajan.
Por la negligencia de la empresa y la ausencia del Estado, el trabajo se cobró la vida de un compañero.
Es imprescindible que se cumpla con el Artículo 14 Bis de nuestra Constitución Nacional que ordena garantizar la protección de la integridad psicofísica de las trabajadoras y los trabajadores, y evitar más muertes obreras. Si es evitable, no es accidente.
Comisión Directiva
Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, Desmotadores de Algodón y Afines de la República Argentina
F.T.C.I.O.D y A.R.A.